
¿Puedo perder la residencia si cancelo mi pareja de hecho o me divorcio?
12 Junio, 2024
Como veíamos en post anteriores, una de las maneras de conseguir la residencia en España es ser pareja de hecho o casarse con un ciudadano español o de la Unión Europea. No obstante, como vemos, esta residencia está ligada precisamente a ese vínculo con la pareja ¿Qué sucede si dicha relación termina?
El artículo 9 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, recoge, en su apartado 4, los supuestos que permitirán al ciudadano extranjero no comunitario prolongar su permiso de residencia en España pese a la disolución de su pareja de hecho o matrimonio.
Es decir, es habitual que un extranjero de fuera de la UE que consiguió su residencia a través de la tarjeta como familiar de comunitario termine su relación, pero siga queriendo vivir en España.
Si se cancela la pareja de hecho o hay divorcio, se sigue teniendo derecho a mantener la tarjeta comunitaria siempre que:
- Se haya vivido por lo menos tres años con la pareja de hecho o cónyuge de manera conjunta (plazo que empieza a contar desde el día que se inicia el proceso de divorcio o proceso cancelación pareja; no cuando el divorcio o cancelación está completo)
- No obstante, para activar esta imposibilidad de expulsión, se requiere, de forma complementaria, que la pareja haya convivido con su pareja un mínimo de un año en España.
- Si existen hijos en común, el permiso de residencia del ciudadano extranjero no verá alterada su vigencia cuando se le haya otorgado su custodia, ya sea por mutuo acuerdo o por decisión judicial.
- Cuando la persona que carece de la nacionalidad española no obtenga la custodia del hijo, pero sí se apruebe en su favor el derecho de visitar al menor, su autorización de residencia no se verá afectada por la separación, siempre que aquel resida en España.
- Por último, el mencionado precepto prevé la conservación del derecho de residencia en territorio español en favor del ciudadano extranjero cuando existan razones “especialmente difíciles". Los ciudadanos afectados por esta previsión son los siguientes:
- Víctimas de violencia de género durante la vigencia de la pareja de hecho.
- Personas que hayan sido sometidas a trata de seres humanos por su pareja de hecho.
Los ciudadanos extranjeros que se encuentren en cualquiera de las situaciones mencionadas anteriormente deberán informar a la administración sobre su intención de mantener vigente su permiso de residencia por pareja de hecho después de la separación.
Para ello, cuentan con un plazo de 3 meses desde la disolución de la pareja de hecho.
Por lo tanto, su continuidad no será automática. Esta solicitud se llevará a cabo mediante la presentación de un formulario de cambio de situación en la oficina de extranjería correspondiente.
Deberá aportarse toda la documentación pertinente para demostrar que el ciudadano extranjero se encuentra en alguna de las situaciones antes mencionadas.